1º Podrán participar en el desfile de comparsas todas las peñas, grupos o asociaciones de la localidad que lo deseen.
2º Se establecen las siguientes modalidades de comparsas:
Comparsas con carroza: podrán participar siempre que cuenten con un mínimo de 35 personas
Comparsas sin carroza: podrán participar siempre que cuenten con un mínimo de 15 personas.
Publicidad:
3º Se establecen las siguientes subvenciones económicas por la participación en el desfile:
- Comparsas con Carrozas que tengan entre 35 y 70 personas: 630 €.
- Comparsas con Carrozas que tengan entre 71 y 120 personas: 750 €.
- Comparsas con Carrozas que tengan + de 120 personas: 1000 €
- Comparsas que tengan entre 15 y 25 personas: 120 €.
- Comparsas que tengan entre 26 y 35 personas: 270 €.
- Comparsas que tengan más de 35 personas: 330 €.
4º Las inscripciones para participar en el desfile de comparsas se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Moral o a través de cualquier de los medios previstos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5º La inscripción se formalizará en el documento que figura como Anexo I.
6º El plazo de inscripción finalizará el viernes día 9 de febrero de 2024. El horario de inscripción es de 10.00 a 13.00 horas. El desfile se celebrará en la tarde del lunes, día 12 de febrero de 2024. Las comparsas participantes estarán formadas por grupos uniformes y se concentrarán en el Recinto Ferial a las 16.00 horas. El desfile comenzará a las 17.00 horas con el siguiente recorrido:
salida desde el Recinto Ferial por las calles Miguel Sánchez Maroto, Ramón y Cajal, Regente María Cristina, Cervantes, Plaza de España, Oro y Constitución, con llegada al Salón de Eventos La Mesnera
Publicidad:
7º Las comparsas participantes deberán llevar delante y en lugar destacado, un cartel con la denominación del grupo, peña o asociación y la modalidad en la que participa.
8º No podrán tomar parte en el desfile aquellas comparsas que de una forma irrespetuosa atenten contra las personas o instituciones.
9º Queda prohibida la participación o presencia en el desfile de vehículos que produzcan ruidos y humos excesivos o estén en mal estado o puedan suponer algún peligro para los espectadores, participantes o para el mismo desfile. A tal efecto, todos los vehículos y remolques que participen en el desfile de carrozas deberán disponer del personal necesario y suficiente que garantice la seguridad tanto de los propios participantes como de los espectadores y tener a disposición la documentación legalmente exigida para su circulación.
10º Las comparsas participantes no podrán exhibir ningún tipo de publicidad, quedando descalificadas si así lo hicieran.
Publicidad:
11º En el caso de que participen comparsas cuya composición sea exclusivamente infantil, deberán presentar, obligatoriamente, una persona adulta que se responsabilice de inscribirlas, dirigirlas durante el recorrido del desfile y de recoger la subvención. Esta persona deberá ir disfrazada con arreglo al tema de la comparsa participante. Estas comparsas deberán identificar, debidamente, su carácter infantil en el cartel con la denominación y la modalidad.
12º Las comparsas participantes se colocarán en el lugar donde se les indique por la organización del desfile.
13º El jurado calificador del desfile estará integrado por miembros de la Corporación municipal y vecinos de la localidad, designados por la presidente de la Comisión Municipal de Festejos. El jurado, cuyas decisiones serán inapelables, valorará de manera especial la originalidad y el buen gusto estético con marcada orientación carnavalesca. El jurado premiará a las comparsas que participen con carroza y que se esfuercen, particularmente, en su ornamentación. El jurado aplicará un criterio de severidad en la concesión de las subvenciones.
14º Al finalizar el desfile, el jurado dará a conocer su decisión en el lugar que el presidente del jurado decida.
Publicidad:
15º La Organización se reserva el derecho de modificar o alterar el contenido de las presentes bases si las circunstancias de su desarrollo lo requieren, cuya interpretación será libre por parte del jurado calificador.
16º El Ayuntamiento, organizador del desfile, no será responsable de los daños que puedan ocurrir a los ocupantes de las carrozas, vehículos y remolques de las comparsas participantes, ni de los daños que pudieran ocasionarse a terceros por el mal uso de los mismos ni de cualquier otro daño derivado de la falta de seguridad, imprudencia, inobservancia de normas, etc.
17º La participación en el desfile de comparsas significa el acatamiento de estas bases y de las propias condiciones de inscripción.
18º En relación con las subvenciones locales, éstas podrán quedar desiertas o ampliar o reducir su importe, dependiendo de si reúnen o no las condiciones artísticas-carnavalescas exigidas a juicio del jurado. Su justificación y fiscalización realizarán de conformidad con las instrucciones de la intervención municipal.
Publicidad:
19º Información básica sobre protección de datos (I)). Se informa que el órgano convocante va a tatar y guardar los datos aportados en la instancia y en la documentación que la acompaña para la realización de actuaciones administrativas.
Responsable: Ayuntamiento de Moral de Calatrava.
Finalidad: Tramitar procedimientos y actuaciones administrativas.
Legitimación: Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos otorgados a esta Entidad.
Destinatarios: Se cederán datos, en su caso, a otras Administraciones Públicas y a los encargados del tratamiento de los datos. No hay previsión de transferencias a terceros países.
Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, tal y como se explica en la información adicional.
Información Adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de datos en la siguiente dirección:
https://moraldecalatrava.sedelectronica.es
Comentarios